4.5.04

LIBRE EXAMEN DE LAS IPP
Resolución del Procurador General de la Suprema Corte

"La Plata, mayo 2 de 2001.- Vista la presentación del Colegio de Abogados de la Provincia, como así también la instrucción impartida al respecto por el Señor Fiscal General de Morón y el criterio sustentado por el Señor Fiscal General de Trenque Lauquen, esta Procuración General considera que deberá entederse que la presentación de un abogado en el marco de ejercicio de sus funciones según la ley 5177 constituye suficiente razón para tener por justificado su legítimo interés profesional en el exámen de la causa. Sin perjuicio de ello, los Señores Fiscales Generales s ehallan facultados para establecer los mecanismos de rgistro que consideren pertinentes para dejar fehaciente constancia del pedido y la individualización del profesional que la formula. Comíquese. Fdo. Eduardo Matías de la Cruz.- Procurador General".-